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Seguros para drones

Seguros para drones

La fiebre por los drones ha trascendido del ámbito militar al empresarial y ya alcanza al consumidor final. Si usted es profesional le ofrecemos el seguro que exige la ley para ejercer esta actividad con total seguridad.

  • Responsabilidad civil.
  • Hasta 300.000€ de capital.
  • Protección jurídica.
  • Cubiertos los gastos de defensa.
  • Cubiertos los gastos de fianzas penales.
  • Cobertura de daños.

¿Por qué asegurar la responsabilidad civil?

EL ASEGURADOR toma a su cargo la responsabilidad civil extracontractual que pueda derivarse para el Asegurado, dentro de los límites pactados, como civilmente responsable por los daños corporales, materiales y perjuicios a consecuencia de ellos, involuntariamente ocasionados a terceros por hechos que tengan relación directa y deriven de la ejecución de vuelos con aeronaves civiles pilotadas por control remoto para uso privado, técnico, científico o comercial.

  • El capital que necesite: hasta 300.000€ de capital, y sin tener que renunciar a una prima sin competencia para drones de menos de 20Kg. Queremos que tu seguro se ajuste al peso de su dron y a tus necesidades particulares o profesionales.

  • Respeto a la legislación española: este producto pretende dar respuesta a las exigencias establecidas por el Real Decreto Ley 8/2014 que obliga a los operadores de las aeronaves pilotadas por control remoto tener contratada una póliza que cubra la responsabilidad civil frente a terceros.

El Real Decreto 8/2014 establece que dicha póliza de seguro deberá cubrir la responsabilidad civil frente a terceros según los límites de cobertura establecidos por la ley de navegación aérea (RD 377/2001 de 19 de enero) si la nave pesa menos de 20kg, o los establecidos en el Reglamento (CE) 785/2004 de 21 de abril, si el peso excede de los 20Kg.

  • Protección jurídica: incluye coberturas adicionales como la protección jurídica, que garantiza el pago de los gastos en los que puedas incurrir por tu intervención en un procedimiento administrativo, judicial o arbitral, así como la prestación de servicios de asistencia jurídica extrajudicial derivados de la cobertura del seguro. También se garantizan gastos de defensa y fianzas penales hasta los límites establecidos en las condiciones generales.


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